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GOBIERNO OFICIALIZA LEY QUE CREA CUENTA - DNI DE AHORROS EN EL BANCO DE LA NACION

Esta será empleada para el pago, devolución o transferencia de cualquier beneficio, subsidio, prestación económica o aporte del Estado.


El Ejecutivo publicó hoy la ley aprobada por el Congreso de la República que crea en forma automática y obligatoria una cuenta de ahorros en el Banco de la Nación con del número de Documento Nacional de Identidad (DNI) (Cuenta–DNI) de los ciudadanos.


La referida cuenta, que opera en el entorno digital, será empleada para el pago, devolución o transferencia de cualquier beneficio, subsidio, prestación económica o aporte que el Estado otorgue para el titular, así como para otras operaciones que fomenten el acceso y uso de servicios financieros.


La cuenta- DNI, de acuerdo a la Ley 31120, publicada en el boletín Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, comprende a toda persona nacida en el país o naturalizada, que posea DNI y cuente con la capacidad de ejercicio de sus derechos civiles de acuerdo con la Constitución Política del Perú y el Código Civil.


¿Cómo funciona?


Indica que el Banco de la Nación usará la plataforma Nacional de Autenticación de la Identidad Digital (ID-Perú) o los servicios de Verificación de la Identidad de Datos y Biométricos (dactilar o facial) que brinda el Registro Nacional de Identidad y Estado Civil (Reniec).


“Para abrir la Cuenta-DNI, el Reniec remitirá al BN los datos personales del titular de la cuenta, necesarios para su identificación, nombres y apellidos completos, número del DNI y dirección, en el marco de lo dispuesto en la Ley de Protección de Datos Personales”, señala la norma.



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